A partir del próximo lunes, 2 de marzo la Cámara de Comercio de Madrid trasladará su sede a la Plaza de la independencia 1, de Madrid.
Desde la nueve sede la Cámara seguirá prestando los mismos servicios a las empresas.
A partir del próximo lunes, 2 de marzo la Cámara de Comercio de Madrid trasladará su sede a la Plaza de la independencia 1, de Madrid.
Desde la nueve sede la Cámara seguirá prestando los mismos servicios a las empresas.

Puede consultar un resumen con los principales impuestos de Turquía en el siguiente link:
Impuestos Turquía

Puede consultar el boletín de febrero de Invest in Turkey en el siguiente link:
Boletin Febrero 2015
El pasado 28 de enero, se celebró en la CEOE una conferencia que contó con la presencia del Excmo. Sr. Volkan Bozkir, Ministro para Asuntos de la Unión Europea y Jefe negociador de la República de Turquía.
En el evento, el Ministro resaltó las buenas relaciones entre España y Turquía, hizo hincapié en el potencial de Turquía y expresó su intención de alcanzar una mayor integración de Turquía en las instituciones europeas. Para ello, aunque las negociaciones actualmente se encuentren un poco paralizadas, el Ministro anunció que Turquía sigue trabajando unilateralmente, adaptando su legislación al marco comunitario.
Tras la intervención del Ministro, se trasladó la palabra a las empresas asistentes y participaron en el debate algunos de los socios de la Cámara como Técnicas Reunidas, Comsa Emte y BBVA. Todos los intervinientes mostraron su interés en el país y compartieron con el Ministro sus proyectos e intereses.

El próximo miércoles, 28 de enero, con motivo de la visita a España del Ministro de Asuntos de la Unión Europea y Jefe Negociador de la República de Turquía, el Excmo. Sr. Volkan Bozkir, se va a celebrar un “Encuentro Empresarial Hispano-Turco” en la sede de la CEOE (C/Diego de León, 50) a las 12.30
En los archivo adjuntos, podéis encontrar toda la información del evento y los interesados debéis inscribiros rellenando la fincha adjunta y enviándola a afernandez@ceoe.com
programa encuentro empresarial hispano-turco
Desde la Cámara consideramos que este encuentro puede ser de interés para las empresas interesadas en Turquía.

Se convoca Junta General Extraordinaria para el próximo día 10 de diciembre a las 17.30, en la sede de la Cámara Oficial de Comercio e Industria Hispano-Turca, con el fin de tratar el siguiente punto del orden del día:
Se presenta como nuevo Presidente de la Cámara a propuesta de la Junta Directiva, a BBVA representado por D. Ramón Gascón Alonso, Director de Relaciones Institucionales de BBVA, en sustitución de BEFESA que ha ejercido la Presidencia desde la constitución de la Cámara en 2011. BEFESA a través de su representante, D. Alfredo Velasco Erquicia, ocupará una Vicepresidencia en sustitución de BBVA.
Tras la Junta Extraordinaria, se realizará una copa de navidad para todos los
socios. Pueden confirmar su asistencia en info@camarahispano-turca.org

En esta edición del boletín, podrán encontrar interesantes noticias como:
Puede consultar el boletín en el siguiente link:
Boletín diciembre 2014

Visado de Trabajo se concede a los titulares de permiso de trabajo y se extiende para una sola entrada.
Para poder solicitar un visado de trabajo, previamente se debe haber firmado un contrato de trabajo con una empresa turca. La empresa turca contratante deberá enviar los documentos necesarios al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la República de Turquía con el fin de solicitar un permiso de trabajo. En todos los demás casos ha de hacerse en la Representación de Turquía en su país de residencia habitual.
– Solicitud de visado de trabajo dentro de Turquía
Los extranjeros que ya son titulares de un permiso de residencia de validez mínima de 6 meses (excluyendo los estudiantes y becarios) en casos excepcionales pueden solicitar permiso de trabajo en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
– Solicitud de permiso de trabajo desde extranjero
Los extranjeros pueden presentar sus formularios de solicitud de permiso de trabajo a través de las Embajadas o Consulados de Turquía. diríjase a la Sección Consular de la Embajada en Madrid (Si es residente en Galicia, Asturias, Cantabria ,País Vasco, La Rioja, Navarra, Castilla y León, Madrid, Castilla la Mancha, Extremadura, Andalucía y Canarias) o al Consulado General, en Barcelona (Si es residente en Andorra, Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana, Murcia y Baleares) de lunes a viernes de 10 a 13 horas.
Como primer paso el solicitante debe aportar a la Embajada o Consulado de Turquía más cercana los siguientes documentos:
La tramitación del permiso de trabajo por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social puede tardar entre 6 y 8 semanas desde el momento de la presentación de la solicitud. La aprobación de la solicitud se le informará al solicitante por vía correo electrónico o teléfono.
¿Cuales son los requisitos del permiso de trabajo?
Se puede encontrar información detallada en la siguiente enlace de la página web del Ministerio de Trabajo (resumida a pie de este escrito)
http://www.csgb.gov.tr/csgbPortal/yabancilar/eng/index.html
Nota: es altamente recomendable tener preparados todos los documentos a presentar en el Ministerio antes de la presentación de la solicitud en el Consulado (sólo tendrán 10 días desde que lo hagan en el consulado)
Una vez emitido el permiso y aprobada la solicitud del visado de trabajo por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el solicitante debe aportar la siguiente documentación, en persona, en la Embajada o Consulado donde realizó la solicitud:
Los titulares del visado o permiso de trabajo deben personarse en el Departamento de Extranjería de la Dirección General de la Policía para solicitar un permiso de residencia dentro de los primeros 30 días a su llegada a Turquíahttp://yabancilar.iem.gov.tr. Una vez obtenida el permiso de residencia el titular del permiso puede salir y entrar en el país las veces que quiera durante la vigencia del mismo. En tal caso el titular del permiso no necesitará tramitar visado para entrar en Turquía. En casos de que sea necesaria la renovación del permiso, los trámites de prorroga se realizarán antes de la fecha de caducidad del documento. A las personas que tienen su tarjeta de residencia a punto de caducar o ya caducada se les aconseja renovar la tarjeta de residencia antes de salir del país.
Profesores de universidad están exentos de permiso de trabajo. Por tanto pueden saltar el primer paso anteriormente mencionado, y solicitar directamente un visado de trabajo en la Embajada o Consulado de Turquía más cercana. Deberán aportar una carta del Consejo Superior de Educación (YOK) y otra de la universidad donde trabajarán. Los documentos necesarios para tramitar un visado de trabajo son:
Profesores de universidad también deben solicitar un permiso de residencia en el Departamento de Extranjería de la Dirección General de la Policía dentro de los primero 30 días a su llegada a Turquía. Una vez obtenida el permiso de residencia el titular del permiso puede salir y entrar en el país las veces que quiera durante la vigencia del mismo. En tal caso el titular del permiso no necesitará tramitar visado para entrar en Turquía. En casos de que sea necesaria la renovación del permiso, los trámites de prorroga se realizarán antes de la fecha de caducidad del documento. A las personas que tienen su tarjeta de residencia a punto de caducar o ya caducada se les aconseja renovar la tarjeta de residencia antes de salir del país.
Están exentos de permiso de trabajo. Por tanto pueden saltar el primer paso anteriormente mencionado, y solicitar directamente un visado deportivo en la Embajada o Consulado de Turquía más cercana. Sin embargo este no se podrá tramitar si no aportan una carta del Ministerio de Juventud y Deporte o de la Federación turca. Los documentos necesarios son:
Los deportistas también deben solicitar un permiso de residencia en el Departamento de Extranjería de la Dirección General de la Policía dentro de los primero 30 días a su llegada a Turquía. Una vez obtenida el permiso de residencia el titular del permiso puede salir y entrar en el país las veces que quiera durante la vigencia del mismo. En tal caso el titular del permiso no necesitará tramitar visado para entrar en Turquía. En casos de que sea necesaria la renovación del permiso, los trámites de prorroga se realizarán antes de la fecha de caducidad del documento. A las personas que tienen su tarjeta de residencia a punto de caducar o ya caducada se les aconseja renovar la tarjeta de residencia antes de salir del país.
Diríjase a la Sección Consular de la Embajada en Madrid (Si es residente en Galicia, Asturias, Cantabria ,País Vasco, La Rioja, Navarra, Castilla y León, Madrid, Castilla la Mancha, Extremadura, Andalucía y Canarias) o al Consulado General, en Barcelona (Si es residente en Andorra, Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana, Murcia y Baleares)
Visado de Trabajo se concede a los titulares de permiso de trabajo y se extiende para una sola entrada.
Para poder solicitar un visado de trabajo, previamente se debe haber firmado un contrato de trabajo con una empresa turca. La empresa turca contratante deberá enviar los documentos necesarios al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la República de Turquía con el fin de solicitar un permiso de trabajo. En todos los demás casos ha de hacerse en la Representación de Turquía en su país de residencia habitual.
– Solicitud de visado de trabajo dentro de Turquía
Los extranjeros que ya son titulares de un permiso de residencia de validez mínima de 6 meses (excluyendo los estudiantes y becarios) en casos excepcionales pueden solicitar permiso de trabajo en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
– Solicitud de permiso de trabajo desde extranjero
Los extranjeros pueden presentar sus formularios de solicitud de permiso de trabajo a través de las Embajadas o Consulados de Turquía. diríjase a la Sección Consular de la Embajada en Madrid (Si es residente en Galicia, Asturias, Cantabria ,País Vasco, La Rioja, Navarra, Castilla y León, Madrid, Castilla la Mancha, Extremadura, Andalucía y Canarias) o al Consulado General, en Barcelona (Si es residente en Andorra, Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana, Murcia y Baleares) de lunes a viernes de 10 a 13 horas.
Como primer paso el solicitante debe aportar a la Embajada o Consulado de Turquía más cercana los siguientes documentos:
La tramitación del permiso de trabajo por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social puede tardar entre 6 y 8 semanas desde el momento de la presentación de la solicitud. La aprobación de la solicitud se le informará al solicitante por vía correo electrónico o teléfono.
¿Cuales son los requisitos del permiso de trabajo?
Se puede encontrar información detallada en la siguiente enlace de la página web del Ministerio de Trabajo (resumida a pie de este escrito)
http://www.csgb.gov.tr/csgbPortal/yabancilar/eng/index.html
Nota: es altamente recomendable tener preparados todos los documentos a presentar en el Ministerio antes de la presentación de la solicitud en el Consulado (sólo tendrán 10 días desde que lo hagan en el consulado)
Una vez emitido el permiso y aprobada la solicitud del visado de trabajo por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el solicitante debe aportar la siguiente documentación, en persona, en la Embajada o Consulado donde realizó la solicitud:
Los titulares del visado o permiso de trabajo deben personarse en el Departamento de Extranjería de la Dirección General de la Policía para solicitar un permiso de residencia dentro de los primeros 30 días a su llegada a Turquíahttp://yabancilar.iem.gov.tr. Una vez obtenida el permiso de residencia el titular del permiso puede salir y entrar en el país las veces que quiera durante la vigencia del mismo. En tal caso el titular del permiso no necesitará tramitar visado para entrar en Turquía. En casos de que sea necesaria la renovación del permiso, los trámites de prorroga se realizarán antes de la fecha de caducidad del documento. A las personas que tienen su tarjeta de residencia a punto de caducar o ya caducada se les aconseja renovar la tarjeta de residencia antes de salir del país.
Profesores de universidad están exentos de permiso de trabajo. Por tanto pueden saltar el primer paso anteriormente mencionado, y solicitar directamente un visado de trabajo en la Embajada o Consulado de Turquía más cercana. Deberán aportar una carta del Consejo Superior de Educación (YOK) y otra de la universidad donde trabajarán. Los documentos necesarios para tramitar un visado de trabajo son:
Profesores de universidad también deben solicitar un permiso de residencia en el Departamento de Extranjería de la Dirección General de la Policía dentro de los primero 30 días a su llegada a Turquía. Una vez obtenida el permiso de residencia el titular del permiso puede salir y entrar en el país las veces que quiera durante la vigencia del mismo. En tal caso el titular del permiso no necesitará tramitar visado para entrar en Turquía. En casos de que sea necesaria la renovación del permiso, los trámites de prorroga se realizarán antes de la fecha de caducidad del documento. A las personas que tienen su tarjeta de residencia a punto de caducar o ya caducada se les aconseja renovar la tarjeta de residencia antes de salir del país.
Están exentos de permiso de trabajo. Por tanto pueden saltar el primer paso anteriormente mencionado, y solicitar directamente un visado deportivo en la Embajada o Consulado de Turquía más cercana. Sin embargo este no se podrá tramitar si no aportan una carta del Ministerio de Juventud y Deporte o de la Federación turca. Los documentos necesarios son:
Los deportistas también deben solicitar un permiso de residencia en el Departamento de Extranjería de la Dirección General de la Policía dentro de los primero 30 días a su llegada a Turquía. Una vez obtenida el permiso de residencia el titular del permiso puede salir y entrar en el país las veces que quiera durante la vigencia del mismo. En tal caso el titular del permiso no necesitará tramitar visado para entrar en Turquía. En casos de que sea necesaria la renovación del permiso, los trámites de prorroga se realizarán antes de la fecha de caducidad del documento. A las personas que tienen su tarjeta de residencia a punto de caducar o ya caducada se les aconseja renovar la tarjeta de residencia antes de salir del país.
Diríjase a la Sección Consular de la Embajada en Madrid (Si es residente en Galicia, Asturias, Cantabria ,País Vasco, La Rioja, Navarra, Castilla y León, Madrid, Castilla la Mancha, Extremadura, Andalucía y Canarias) o al Consulado General, en Barcelona (Si es residente en Andorra, Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana, Murcia y Baleares)

El pasado, 18 de noviembre, tuvo lugar en la sede de la Cámara un Business Drink para los socios de la Cámara y demás interesados en asistir.
Durante el evento, se pudo disfrutar de un ambiente relajado y se pudo compartir unas palabras con todos los asistentes.

Si estás interesado en acudir, no dudes en seguirnos en facebook, linkedin o twitter.